
El pasado 14 de Octubre el SAT dio a conocer en su portal que tanto el “Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet”, como la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” sufrieron varias modificaciones, las cuales entrarán en vigor el 1o. de enero de 2020.
A continuación, se mencionan las más importantes:
- Anexo 20 “Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet”:
- Actualización del enlace para consultar el “Catálogo de Productos y Servicios” y la liga para consultar el “Formato de Factura (Anexo 20)”.
- Eliminación de las ligas Caso de Uso Facturación de Anticipos y del Caso de Uso Facturación por contratos de obra pública, y
- Precisión que en el CFDI de retenciones e información de pagos no se deben registrar cantidades en negativo
- Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento:
- Actualización del fundamento legal, atendiendo a la reforma de la LFT (duración de las relaciones de trabajo)
- Adición del apéndice 7, denominado:
- 1. “Procedimiento para el registro del ajuste del subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes” y
- 2. “Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina”
- Adición de un campo al “TipoRegimen”, el cual prevé que en caso de que un trabajador se separe de su empleo y en un mismo periodo se efectúe tanto el pago por indemnización o separación y el último pago de sueldos ordinarios, se podrá emitir el o los CFDI conforme a lo siguiente:
En aquellos casos de terminación de una relación laboral, en que el patrón realice el pago de conceptos relacionados a este evento, como pudiera ser: prima de antigüedad y/o indemnización; así como conceptos ordinarios de percepciones, el retenedor deberá elaborar dos CFDI, uno por cada uno de estos de conceptos.
De elaborarse un solo CFDI, se le deberán incluir dos complementos de nómina: uno por los conceptos relacionados con la terminación laboral, y otro por las demás percepciones ordinarias a favor del trabajador.
Así lo está difundió el SAT en la actualización de su guía de llenado de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento”.
¡Recuerda! Este lineamiento entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 2020, según lo indica la propia autoridad en el documento referido.
Y ASPEL NOI 8.0 : OBLIGATORIO MANTENIMIENTO DEL SISTEMA
El 30 de Agosto se liberó el Re-instalable 18 de Aspel NOI 8.0 en el cual se realiza una actualización importante para la base de cotización mixta o variable del salario diario integrado del bimestre anterior.
Importante: Estimado cliente, detectamos que tu sistema no cuenta con la ultima actualización, por lo que te recomendamos ampliamente actualizarlo y estar al día con las mejoras
ASPEL ya esta trabajando todo esto en la versión de ASPEL NOI 9.0

