LOS 7 ERRORES MÁS COMUNES AL HACER UNA NÓMINA

LOS 7 ERRORES MÁS COMUNES AL HACER UNA NÓMINA

¿Cómo hacer la nómina sin cometer errores? Es una pregunta que posiblemente te haz hecho en diversas ocasiones. Pero también es una preocupación real para toda empresa, ya que quienes se encargan de calcular una nómina deben tener ciertos niveles de concentración para no cometer errores a la hora de calcular el salario bruto o el salario neto. te compartimos algunas de las fallas más comunes que se comenten al elaborar las nóminas de los trabajadores.

1. No registrar y controlar el contrato y renovaciones

Es obligación conservar y actualizar el expediente de los trabajadores (art. 15 IV LSS, art. 46 Cód. Com., LFT), parte de esto es el contrato de trabajo. Recuerda el art. 35 y 36 de la LFT, que da los lineamientos de los tipos de contratos que existen.
Si cuentas con un sistema de nómina, tiene que estar preparado para que desde ahí controles los contratos laborales de tu personal, el tipo, tiempo, pagas extras, etc.

2. No actualizar las tablas de ISR y subsidio mensual, anual y otros indicadores

Es indispensable que los siguientes indicadores se actualicen en el sistema de nómina que uses, normalmente se modifican de manera anual: sin embargo, pueden modificarse durante el año.

  • Tabla de ISR mensual
  • Tabla de subsidio
  • Tabla de ISR anual
  • Salario mínimo
  • UMA
  • Factor de descuento Infonavit

3. No planear y configurar correctamente las prestaciones adicionales (conforme a la ley, si están exentos o gravados, se integran para los salarios bases de cotización SBC)

Las empresas pueden otorgar a los trabajadores prestaciones adicionales al salario, un ejemplo de ello son las obligatorias por LFT: la gratificación anual y prima vacacional, también puede haber otros conceptos como son los de previsión social.

4. No registrar las incidencias y ausentismos de nómina en el SUA e IDSE: modificaciones de salario, bajas y reingresos

Si no quieres pagar contribuciones del IMSS e Infonavit de más por error, es preciso que lleves un control de asistencia, puntualidad e incidencias (SCAyP); además de que es obligatorio por la LSS (art. 15), esto se realiza para no pagar de más a los trabajadores y a las instituciones mencionadas. llevar un mejor control automatizado de la asistencia y puntualidad que emana del SCAyP, después podrás exportarlo en archivo e importar al SUA, y por último, te servirá para que lo cargues en IDSE.

5. Cómo hacer la nómina sin cometer errores: no controlar el pago de los viáticos

Si tu empresa entrega a los trabajadores una paga extra para que ellos realicen gastos de viáticos, como hospedaje, combustible, alimentos, transporte, peajes y renta de vehículos, es más fácil que los registres en un sistema de nóminas  (NOI) que esté preparado para controlar y timbrar las entregas y justificaciones de viáticos.
El art. 28 LISR señala que los únicos que tienen derecho a viáticos son los trabajadores y quienes presten servicios profesionales. El protocolo es registrar las entregas de viáticos en tu sistema de nómina, timbrar, registrar recepción de comprobación, calcular si hay diferencias por entregar o retener, por último, timbrar el cierre. Si haces esto te quitarás la obligación del art. 99 VI LISR

6. Pagar al trabajador subsidio al empleo superior al que le corresponde en el mes

Es muy importante cuidar el cálculo del subsidio al empleo para el trabajador, ya que el art. 8 del Decreto de Subsidio al Empleo nos indica que “cuando los pagos por salarios sean por periodos menores a un mes, la cantidad del subsidio para el empleo que corresponda al trabajador por todos los pagos que se hagan en el mes, no podrá exceder de lo que corresponda conforme a la tabla prevista en esta fracción para el monto total percibido en el mes de que se trate”. Con relación al punto anterior, también hay que realizar el siguiente procedimiento que se indica en el mismo decreto:

“(…) para calcular el subsidio para el empleo correspondiente a cada pago,
dividirán las cantidades correspondientes a cada una de las columnas de la
tabla contenida en esta fracción, entre 30.4. El resultado así obtenido se
multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo de pago para
determinar el monto del subsidio para el empleo que le corresponde al
trabajador por dichos pagos”.

7. No realizar el cálculo anual a los trabajadores y monitorear éste oportunamente: concepto informativo

Una de las obligaciones patronales es la de realizar el cálculo anual del ISR de los trabajadores conforme lo indican los art. 97 y 99 frac. I, II y IV LISR, es indispensable que se haga esto para evitar infracciones (ver excepciones art. 97 LIR) en diciembre, elaborar una proyección anual para empezar a planear el procedimiento del ajuste anual.
Contar con un sistema de nómina que haga más fácil el proceso de pagar en tiempo y forma las percepciones salariales de los trabajadores, además de evitar errores al llevar los cálculos en un Excel o en un software que no te aporte las funcionalidades que necesitas, hace que exista la posibilidad de cometer errores comunes con la nómina. (ASPEL-NOI)

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