El cierre de año fiscal trae consigo una de las obligaciones más importantes para los patrones: el pago de las cuotas obrero-patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las aportaciones y amortizaciones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
El 6.° bimestre de 2025 (que comprende los salarios de noviembre y diciembre) es un período crucial, no solo por el cierre de ejercicio, sino por la entrada en vigor de ajustes normativos importantes en materia de vivienda.
Fechas clave que debes marcar en tu calendario
El pago de estas aportaciones tiene una fecha límite clara que debes respetar para evitar recargos y multas.
| Obligación | Periodo de Aportación | Fecha Límite de Pago |
| Cuotas Obrero-Patronales (IMSS) | Noviembre – Diciembre 2025 | 17 de enero de 2026 |
| Aportaciones y Amortizaciones (INFONAVIT) | Noviembre – Diciembre 2025 | 17 de enero de 2026 |
⚠️ ¡Importante! El plazo es el 17 del mes de enero al término del bimestre. Dado que el 17 de enero de 2026 cae en sábado, la fecha límite se recorrerá al siguiente día hábil, que es el lunes 19 de enero de 2026. ¡No te confíes!
¿Qué seguros y aportaciones estás pagando?
Las cuotas obrero-patronales que enteras al IMSS tienen un impacto directo en la seguridad social de tus empleados. Para el 6.° bimestre 2025, te enfocarás en:
Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV):
Retiro: Aportación 100% patronal ($2.00\%$ del Salario Base de Cotización – SBC).
Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV): Cuota tripartita (Patrón, Trabajador y Gobierno). Es importante recordar que las cuotas patronales de CEAV tienen un aumento progresivo con la reforma de pensiones de 2020.
Aportaciones de Vivienda (INFONAVIT):
Aportación Patronal del 5%: Se calcula sobre el SBC de cada trabajador y se deposita en la Subcuenta de Vivienda.
Amortización de Créditos: Es la retención que haces al salario del trabajador con crédito INFONAVIT (Cuota fija, porcentaje o Veces Salario Mínimo – VSM) y que debes enterar al Instituto.
El cambio más relevante: Reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT
Este 6.° bimestre de 2025 marca la entrada en vigor de la reforma al Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, que tiene un impacto directo en el cálculo de las amortizaciones de crédito.
¿En qué consiste el cambio?
Anteriormente, si un trabajador tenía ausencias o incapacidades que resultaban en un pago de salario menor, el descuento del crédito INFONAVIT (en cuota fija o VSM) se suspendía o disminuía.
A partir de este bimestre, la regla cambia:
No Suspensión de Descuentos: El patrón está obligado a calcular la amortización del crédito sin suspenderla por ausentismos o incapacidades (siempre que el crédito sea en pesos o cuota fija en VSM).
Retención Insuficiente: Si el salario pagado al trabajador no es suficiente para cubrir el total de la amortización, se genera una «retención insuficiente».
Obligación Patronal: El patrón debe enterar el monto total de la amortización, lo que puede implicar tener que cubrir la parte faltante (la retención insuficiente) para luego solicitar la aclaración ante el INFONAVIT.
Acciones Inmediatas para el Patrón:
Actualizar tu SUA: Asegúrate de contar con la última versión del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) que incorpore este nuevo criterio de cálculo (Se habla de la versión 3.7.0 o posterior).
Revisar Nómina y Sistemas: Valida que tu sistema de nómina esté aplicando correctamente la nueva regla de no suspensión de descuentos por ausentismos/incapacidades.
Preparar Aclaraciones: En caso de generar retenciones insuficientes, prepárate para realizar la aclaración patronal ante el Portal Empresarial del INFONAVIT dentro del plazo establecido (generalmente de 10 a 12 días posteriores al pago).
Herramientas para el pago
El entero de las cuotas del 6.° bimestre 2025 se realiza utilizando el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) del IMSS.
Generación del Pago: Utiliza la versión más reciente del SUA para generar el archivo de pago o la línea de captura.
Modalidades de Pago: Puedes realizar el pago de las aportaciones a través de:
SIPARE: Para el pago en línea.
Línea de Captura: En ventanilla bancaria.
El pago del 6.° bimestre 2025 es más que un trámite de cierre de año; es un ejercicio de cumplimiento normativo que garantiza los derechos de seguridad social y vivienda de tus trabajadores, e implica la asimilación de una importante reforma legal.
La recomendación principal es: Actualizar tu SUA a la brevedad, verificar que tus cálculos incluyan el nuevo criterio de amortizaciones INFONAVIT, y programar el pago a más tardar el 19 de enero de 2026.
¡Contáctanos hoy para asegurar el cumplimiento oportuno y evitar multas en este cierre de bimestre!

