Aunque fue establecida oficialmente el 1 de junio de 2021, su implementación ha sido pospuesta varias veces. A partir del 25 de noviembre, entra en vigor la Carta Porte 3.0, con el fin de facilitar el cumplimiento, se podrá seguir utilizando la versión 2.0 hasta el 31 de diciembre, como periodo de adaptación. El 1 de enero de 2024, la versión 3.0 ya será la única válida.
¿Qué es el complemento Carta Porte?
Es un formato electrónico que establece la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para realizar el traslado de mercancías y/o bienes en territorio nacional para el autotransporte de carga general y especializada. En donde se conjuntan sus datos e información, su origen y destino, así como del vehículo o de los diferentes medios de transporte que se ocupen.
Tipos de CFDI para la Carta Porte
CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte
El comprobante fiscal digital por internet (CFDI) de tipo ingreso es una factura electrónica cuyo objetivo es manifestar la obtención del ingreso que se percibe por prestar el servicio de transporte y a la que se puede incorporar la información del complemento Carta Porte.
CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte
Es una factura electrónica que emite el dueño, poseedor o tenedor de sus bienes y/o mercancías cuando este hace el traslado con sus propios vehículos sin recibir alguna compensación, a la que se le debe incorporar la información del complemento Carta Porte para acreditar su legal estancia o tenencia durante su traslado en territorio nacional.
Aspectos esenciales presentes en la Carta Porte
Requiere el registro de más de 180 campos para su correcta validación, los cuales abarcan información sobre los bienes o mercancías transportadas, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como datos relativos al medio de transporte utilizado, te mencionaremos algunos de los campos más importante:
- Distancia recorrida por la unidad de transporte.
- Nombre y Registro Federal de Contribuyentes del remitente.
- Información detallada del lugar de origen y del destino.
- Fecha y hora de salida del transporte.
- Nombre y número de identificación del destinatario.
- Peso de la mercancía transportada.
- Número de unidades transportadas.
- Descripción de los productos y su tipo de embalaje.
- Valor de la mercancía.
- Número de permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
- Nombre de la aseguradora.
- Número de póliza de seguro.
- Tipo de embarcación y matrícula.
- RFC y número de identificación del embarcador.
Es fundamental registrar adecuadamente estos datos para cumplir con los requisitos y asegurar la validez del Complemento Carta Porte.
¿Quién debe emitir la Carta Porte?
Las empresas o personas físicas y morales que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías utilizando vehículos propios o arrendados o que tienen vehículos en posesión por cualquier figura jurídica y reciben alguna contraprestación por dichos servicios, deberán emitir una factura electrónica de tipo ingreso o de tipo traslado con complemento Carta Porte, ya sea el caso.
Si transportas bienes y/o mercancías en alguna zona local, (que no vaya a transitar por carretera federal) no estás obligado a emitir una factura electrónica de tipo ingreso o traslado con complemento Carta Porte.
Multas por Carta Porte
Se esperan diversas sanciones relacionadas con el Complemento Carta Porte, entre las que ya se conocen serían:
Las consecuencias por no cumplir con las regulaciones del Complemento Carta Porte pueden incluir la detención de la mercancía, así como recibir cargos por contrabando, riesgos fiscales o repercusiones comerciales.
Nueva versión Carta Porte 3.0
Carta Porte 3.0 incorpora una serie de cambios significativos, abarcando aspectos como su estructura, los datos de identificación, la especificidad en la información de sustancias controladas, así como los datos relacionados con el comercio exterior. Te mostramos una lista de los campos más significativos que se incluyeron:
- 5 campos en la sección de Carta Porte
- 1 campo en la sección de Mercancías.
- 22 campos en la sección de Mercancía.
- 1 campo en la sección de Identificación Vehicular.
- 3 campos en la sección de Contenedor y se modificó la obligatoriedad de 2 campos y 1 elemento.
- 1 elemento hijo en la sección de Transporte Marítimo con 2 campos.
- Se reemplazó el elemento Pedimento por Documentación Aduanera y se añadieron 3 campos.
- Se eliminó 1 campo en la sección de Transporte Marítimo y se añadieron 2 campos.
- Se modificó la longitud de 1 campo en la sección de Transporte Aéreo.
- Cambió la obligatoriedad de 1 campo en la sección de Tipos de Figura.
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