De acuerdo con el SAT, del total de mercancía que circula en el país, el
80% se mueve en transporte terrestre, y 60% es informal.
El SAT publicará esta semana las reglas de operación de la carta porte, el cual es un documento que se requerirá para transportar cualquier mercancía, con el objetivo de combatir el contrabando y el tráfico. El requerimiento de dicha carta entrará en vigor el primero de diciembre de este año, sin sanciones, y a partir del primero de enero de 2022 ya se exigirá, y en caso de no tramitarla, la mercancía transportada podría ser considerada contrabando y confiscada.
El Complemento Carta Porte permitiría tener un mayor control del envío de mercancías en el país para efectos fiscales.
A la carta porte, que en la práctica es un CDFI (Comprobante Fiscal Digital), se le deben agregar elementos muy puntuales; por ejemplo, el nombre del chofer, la ruta que seguirá el transporte, la hora de salida y llegada de la mercancía, el tipo de camión y de caja que lleva, la descripción de la mercancía, todo esto en el papel de un escritorio se ve razonable, sin embargo, todos sabemos que una marcha o bloqueo en el país puede ocasionar un retraso o que tengan que desviar la ruta, que puede haber rechazos de la mercancía o devoluciones parciales, hay muchas situaciones que pueden hacer que el cumplimiento de la carta porte no se materialice” no podrá deducir de impuestos el costo del transporte de la mercancía en caso de que no se tramite la carta porte y hace falta analizar la disposición con los principales afectados.


